Destacó que tras “múltiples investigaciones abiertas de casos de corrupción ocurridos en el que el c. Javier Duarte se desempeñó como gobernador del estado de Veracruz; es tal el número de denuncias presentadas y de conductas ilícitas presuntamente cometidas que la Fiscalía General a mi cargo se ha visto en la necesidad de aumentar personal y dedicar mucho de nuestro tiempo y esfuerzo al esclarecimiento de estos hechos y conductas…”
Agregó: “Dentro de las investigaciones abiertas por hechos de esta naturaleza están las denuncia presentadas por la probable existencia de daños al patrimonio del sistema integral para la familia del estado de Veracruz, conocido por sus siglas como el DIF, el día de hoy quiero informarles que se ha logrado determinar que recursos de esta institución se utilizaron para suscribir y pagar contratos de compraventa con por lo menos seis empresas inexistentes, mejor conocidas como empresas fachada o empresas fantasma, ello para la supuesta adquisición de equipo médico, productos multivitamínicos, sistema de purificación de agua, sistemas de captación pluvial, sanitarios biodegradables, artículos electrodomésticos, paquetes escolares y otros sin que exista datos o evidencia alguno de que éstos se hubieran entregado a población vulnerable que debiera atender esta dependencia, por el contrario solo se justifica el pago entregado a estas empresas fachada”.
Continuó: “Hasta el día de hoy se cuenta con datos de prueba contundentes que acreditan un daño patrimonial al DIF y al gobierno del estado de Veracruz por un monto mayor a 212 millones de pesos, aunque quiero ser preciso que este no es total del daño daño causado, mismo que podrá determinarse en etapa procesal correspondiente…”
Subrayó el Fiscal General: “Ante la gravedad de los hechos y el cúmulo de las pruebas que obran en la carpeta de investigación FG/FIM/045/2017 y cinco más acumuladas a esta carpeta, el pasado viernes 25 de mayo un juez de control del fuero común consideró la existencia de elementos suficientes parta acreditar que estas conductas presumen la comisión de un hecho delictivo por lo que giró la corres orden de aprehensión contra quien y quienes presumiblemente ordenaron los actos ilícitos que redundaron en daño patrimonial ya señalado…”
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