Consultor Contable.
Jorge Colorado García.
 

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Una prórroga más
2017-11-27

Ya casi estamos por celebrar las fiestas decembrinas y junto con éstas, el uso obligatorio del CFDI 3.3, pero justo en esta semana que terminó, el SAT decidió otorgar una prórroga, ah pero no piense que lo hizo por adelantar nuestro regalo navideño, por supuesto que no, lo que sucede es que ni ellos saben usar dicho programa, el colmo que algunos colegas tampoco los saben usar,  a tal grado que exigen el comprobante con domicilio y hasta el número de cuenta, cuando estos requisitos ya no son obligatorios, incluso hasta el nombre, ahora solo basta con capturar el RFC del contribuyente.


Y es que desde el inicio del uso de dicho programa empezaron con sus torpezas, entre ellas los giros tan absurdos los cuales sirvieron para ser objeto de burla, esto sirvió para que a la fecha ya fueran totalmente eliminados, así mismo han parchado al programa con muchos cambios que nosotros los contribuyentes les hemos hecho la observación; ahora el dolor de cabeza es el dichoso complemento de pago, este es un comprobante que se tendrá que emitir cuando los productos o servicios se adquieren a crédito, pero éste también será obligatorio a partir del 31 de marzo de 2018, pero que no le extrañe que uno que otro despistado se los va a exigir.


A continuación les transcribo las fechas de prorroga que el SAT decidió en mal nombrar facilidades:


1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.


Estas facilidades, favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura por parte de los contribuyentes, mediante esquemas de convivencia de versiones que permiten una migración gradual, de forma que las empresas puedan alinear sus procesos operativos con los de facturación de manera más natural y sistemática.
Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.


Esto último que señala el SAT que se consolidan como referente internacional en materia de factura electronica, ni ellos se lo creen, es mas el programa ni lo diseñaron ellos, solo lo copiaron y lo transcibieron, ni se tomaron la molestia de leer y analizarlo, el resultado: un verdadero fracaso.


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