Opinión ciudadana.
Bernardo Bellizzia Guzmán.
 

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Legalidad contra inmoralidad. Caso Veracruz
2019-06-27

“Yo no miento y no soy corrupto” fueron algunas de las palabras del Ing. Cuitláhuac García Jiménez, el día de ayer durante una entrevista que le hicieron varios reporteros y donde le preguntaron sobre el ya sonado caso de nepotismo en su gobierno producto de tener a su primo Eleazar Guerrero Pérez como Subsecretario de Finanzas, entre otros parientes colocados en diferentes posiciones al interior del gobierno del estado. 


El día de ayer vi y leí algunos comentarios que desde mi punto de vista y mi óptica, pretendían (aunque se diga que no), defender al Gobernador acerca del caso en comento, y daban una serie de explicaciones que más allá de ayudar al propio gobernador lo perjudican más, pero en fin tratan de defender lo indefendible, situación por demás entendible, como dicen por ahí cada quien su vida y sus afectos. 


Miren ustedes, las disposiciones legales entorno a lo que se debe de hacer y no debe de hacerse como funcionario público, son muy específicas y claras, LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, contiene dentro de sus articulados los siguientes preceptos: 


TITULO TERCERO RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. CAPITULO I OBLIGACIONES DEL SERVIDOR PÚBLICO. 


ARTÍCULO 46.-Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, según la naturaleza de la infracción en que se incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales, previstos en las normas específicas que al respecto rijan:


XVII.-Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;


XXI.-Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público; y 


XXII.-Las demás que le impongan las leyes y reglamentos.


Así mismo aclara en otros articulados:


CAPITULO II SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y PROCEDIMIENTOS PARA APLICARLAS


ARTICULO 51.-El Tribunal Superior de Justicia establecerá los órganos y sistemas para identificar, investigar y determinar las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 46 de esta Ley, así como para aplicar las sanciones establecidas en el presente Capítulo, en los términos de la correspondiente Ley Orgánica del Poder Judicial. Lo propio hará, conforme a la legislación respectiva y por lo que hace a su competencia la Legislatura del Estado. (REFORMADO, G.O. 29 DE MAYO DE 1990)


ARTÍCULO 64.-La Contraloría General impondrá las sanciones administrativas a que se refiere este capítulo.


Caray y uno se pregunta ¿Que estará pasando por la cabeza del Gobernador de Veracruz al ver todo lo que ha ocasionado? su necedad, tozudez mal entendida, su mal asesoramiento de parte de quienes deben de ayudarlo en esto y en otros temas, y solo lo empinan, ¿Que no hubiera sido más fácil desde un principio quitar a quienes no cumplían con lo que marca la Ley?, sancionar a sus funcionarios corruptos y nepotistas, exhibirlos y quedar como un Gobernador honesto e incorruptible.


¿En donde quedan entonces los preceptos Lopezobradoristas? “NO MENTIR, NO ROBAR, NO TRAICIONAR AL PUEBLO” se los paso por el arco del triunfo, es decir la palabra del Presidente le viene guanga, el tema principal y el meollo del asunto, ya no solo es legal, sino también moral, Cuitláhuac sabe que mintió y que sigue mintiendo, violando con ello uno, al menos en este caso, de los tres principios de su partido político.


Hay que decirlo de igual manera, la Ley es clara, quien se encarga de sancionar de manera administrativa es la Contraloría General del Estado a cargo de la Lic. Lesli Garibo Puga, quien entonces y por obvias razones también incurrió en un posible acto de omisión y debería ser investigada por los órganos legales conducentes según lo marca la Ley aplicable a la materia, aplicándosele la sanción que corresponda en caso de encontrarla culpable. 


Al final del día, todo este enredo y cochinero que está saliendo a diario del actual gobierno y quienes lo dirigen, se debe no a otra cosa más que a la falta de pericia política, capacidad administrativa, soberbia de los funcionarios, empoderamiento mal entendido, inexperiencia e incapacidad de quienes llegaron al poder, pero sobre todo de un extremo valemadrismo ante las evidentes muestras de que están llevando a mal puerto este barco llamado Veracruz. 


Haber hasta donde, llega todo este maremoto de situaciones, pero lo que si auguro, es que no va a acabar nada bien para el Gobernador, sus funcionarios y lamentablemente para el sufrido pueblo veracruzano. Veremos qué pasa. Correo electrónico: bernardobellizzia@hotmail.com  

 
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