¿Porqué todos los políticos han guardado silencio ante el nepotismo que se le reclama al gobernador Cuitláhuac García Jiménez?.
Porque todos tienen algo que ver con el tráfico de influencias que implica el nepotismo. Bueno, digamos la gran mayoría, por aquello de las excepciones.
De hecho, en un país como México, muchos son los que han utilizado el tráfico de influencias para conseguir algo, entre esto, algún empleo o beneficio para algún familiar o conocido.
Por eso es que ningún político, de ningún partido, ha levantado la mano con un legajo de hojas gritando a los cuatro vientos que esa es su propuesta para legislar y que el nepotismo (o tráfico de influencias directo) sea tipificado como delito o siquiera como falta administrativa.
Pero más allá de eso, y por esto mismo, ¿porqué ningún político ha presentado una denuncia en contra del gobernador Cuitláhuac por los casos de nepotismo?.
Porque saben que no progresará, que no hay delito, que no está tipificado en ningún lado como tal.
Entonces, volvemos a la pregunta inicial, ¿porqué nadie ha presentado una propuesta para incluirlo entre la lista de delitos?.
La respuesta obvia es:
Porque todos, o la mayoría, están en la expectativa de que la progenie y los demás familiares estén en la política o en la administración pública.
Hay padres, hay hermanos, hay hijos, hay sobrinos, hay tíos, hay cuñados, hay ahijados, hay padrinos, hay entenados, hay amasios, hay esposas, hay concubinos… toda la gama de parentelas de sangre y por afinidad que exista y por existir.
La costumbre en la Cuenca del Papaloapan y el Sotavento -sobre todo- de llamar primo, pariente, tío, cuñado, a los demás, no fue por chistosada de alguien, si no porque era más fácil decirle a la persona con la que te cruzabas cualquiera de esos apelativos, que aprenderte la clasificación de parentesco que tenían con cada uno.
Perengano era mi primo, pero era hermano de sutano, tío de mengano, sobrino de tarangano, cuñado de uprangano, novio de marangana, que a su vez es…
Y ahí le pueden seguir.
LAS ACTAS SON PRUEBA INSUFICIENTE: VÁZQUEZ GANDARA. Carlos Antonio Vásquez Gándara, abogado con más de 35 años de experiencia, doctor en Derecho, refiere que no procede ninguna demanda o pena por nepotismo pues la figura no se contempla en la ley, tanto local como en la federal.
La figura jurídica que podría suplirlo -añade- sería la de conflicto de intereses, la cual sólo es aplicable cuando el funcionario incurra en contratar a familiares únicamente como padres, hijos y hermanos, de forma directa.
Vázquez Gándara también menciona que las actas de nacimiento mostradas para comprobar los parentescos entre el gobernador y Eleazar Guerrero, son insuficientes para esto, pues no muestran reales lazos de afinidad, si no tan sólo la coincidencia de un nombre en el árbol genealógico.
Pero, aún cuando se hubiera dado la contratación y se pruebe a plenitud el parentesco, no hay irregularidad hasta demostrar que el gobernador intervino directamente y que presionó para la contratación de su pariente “en caso de que lo sea”, puntualiza.
Vásquez Gándara fue de los abogados que obtuvo la certificación por SETEC-SEGOB en el nuevo sistema de justicia penal -lo que implicó que fue de los primeros en aplicar el mismo, por lo cual también podía actuar como docente del nuevo sistema, en los primeros años de su implementación- y ha participado en la elaboración de 13 libros publicados, entre ellos el mas reciente “La Implementación del Sistema Anticorrupción en México; retos y perspectivas”, para el cual fue uno de los dos coordinadores.
"Tráfico de influencias: Es cuando un servidor público utiliza su cargo actual o sus nexos con funcionarios o integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo o judicial, para obtener un beneficio personal o familiar, o para favorecer determinada causa u organización”.
José Emilio Cárdenas Escobosa, el actual presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), coincide en la inexistencia del delito, y menciona que lo que podría configurarse es una falta administrativa por el tráfico de influencias y el conflicto de intereses.
“Pero desde mi punto de vista, lo central es que el servicio público requiere, por definición, sujetarse a estándares de conducta éticos y con ello tener claro que el interés general debe estar siempre por encima de intereses particulares, de grupo, partidistas o de afinidades ideológicas”, expresa.
Aquí, lo más que podría aplicarse son faltas administrativas, de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y lo marcado en los artículos 57 (por Abuso de funciones), 52 (por Cohecho) y 59 (por Contratación indebida).
Emilio Cárdenas puntualiza que en la actual Ley “ya no existe límite de grado ni por consanguinidad ni por por afinidad, para tramitar o resolver asuntos a favor de parientes consanguíneos ni civiles”.
En cambio, “es claro” –remarca- que existe una falta administrativa grave en cualquier caso en que un servidor público con facultades para hacerlo autorice o permita la contratación de un pariente consanguíneo o civil, cualquiera que sea el grado de la relación”.
También existe una falta administrativa grave por abuso de funciones (conforme a los artículos 57 y 62 de la mencionada ley), así como probables conductas tipificadas y en su caso penadas por el Código Penal, por no sancionar –a quien le corresponda ejercer ésta función- por estas irregularidades.
En casos como estos, es cuando surge nuevamente la idea de ponderar el servicio civil de carrera, para que las posiciones las ocupen quienes demuestren mejores habilidades para desarrollarlas y que no sea cualquier al que se designe.
¿Quién le entra a la conformación del servicio civil de carrera para Veracruz?.
NEPOTISMO Y ASOCIACIÓN DELICTUOSA. Una cosa muy distinta es lo que ocurrió durante el sexenio de Javier Duarte, en el cual se le dieron diversas posiciones a la familia de Karime Macías, pero no por el afán de que tuvieran un empleo, si no con la consigna desde un inicio de que llegaban a saquear el erario.
Eso ya es asociación delictuosa y es parte de lo que se persigue en algunos casos de los juicios que se llevan contra los duartistas.
Grave, muy grave, sería que en la actual administración se dieran casos con ese tinte.
De hecho el gobernador ha ponderado más de una vez que es honesto, por lo que debería de impedir cualquier situación en la que se haga malversación de fondos públicos o se de un tráfico de influencias para obtener un beneficio económico a costa del erario público.
Eso, la asociación delictuosa, si es penado judicialmente.
Ahora falta ver quien será el valiente que proponga las modificaciones jurídicas para incluir el nepotismo como un delito y hasta que grado de parentesco incluye y las circunstancias en que lo enmarca.
Es palabra de místicos la que debe sonar.
Si quiere consultar la la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo puede hacer aquí: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA_120419.pdf |