Lo cito:
“El tema de la vecindad y de la residencia fue discutido en el seno del Congreso Constituyente de 1856-57. Sin embargo, la discusión se generó a partir de la propuesta de que en el artículo 60 constitucional se prescribiera, como uno de los requisitos exigidos para ser diputado al Congreso de la Unión el de ‘ser residente en el Estado que hace la elección’”.
Y lo que son las cosas, don Francisco Zarco, diputado juarista y uno de los más eminentes periodistas del siglo XIX, se manifestó en contra de esa exigencia, por lo que propuso “abolir el requisito propuesto, en razón de que en una verdadera democracia todo ciudadano es elector y elegible, por lo que consideró antidemocrática la restricción.”
Miren nada más lo que opinaba Zarco al respecto:
“La residencia es una cosa accidental que cambia por circunstancias ajenas a la voluntad, y que por sí sola no da ciencia ni patriotismo. Parece injusto que un Estado no pueda nombrar a uno de sus ciudadanos que le haya prestado buenos servicios, sólo porque reside en otro Estado, o que no pueda depositar su confianza en el hombre [recordemos que en esa época las mujeres no podían votar ni ser votadas] de cuya capacidad se promete buenos resultados.”
Y Zarco insistió “en la posibilidad de que los Estados eligieran a sus representantes (recuérdese que se había abolido la Cámara de Senadores) no sólo entre sus nativos o vecinos, sino sobre todo entre la ciudadanía en general, de forma tal que un estado pudiese elegir diputado a una persona que no habiendo nacido en su territorio ni siendo vecino del mismo fuera considerado en tal estima o de tal talento que su oriundez y su vecindad no importaran para designarlo representante de alguna entidad federativa.”
Hasta aquí el argumento del insigne juarista. Mañana seguimos con el tema.
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