Rúbrica.
Aurelio Contreras Moreno.
 

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La puerta de la nulidad
2018-04-12

La insensata e irresponsable resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de colocar en la boleta de la elección presidencial al chapucero Jaime Rodríguez Calderón tiene implicaciones de mayor alcance que la de solamente diluir el voto, e incluso que la de afectar directamente a alguno de los otros contendientes.


Hasta ahora, la inclusión del tramposo gobernador con licencia de Nuevo León en la contienda presidencial ha sido analizada como una estrategia del sistema priista para subir al “ring” a un adversario que se maneje en los mismos términos que Andrés Manuel López Obrador, con un discurso populachero que atraiga simpatías más por la guasa y la frivolidad del mismo, que por su viabilidad. Y que por ende, pueda llegar a hacerle la sombra que hasta el momento no le han logrado dar los demás oponentes.


Pareciera a simple vista que la maniobra se tratase de confrontar el proverbial populismo de Andrés Manuel López Obrador con otro populismo todavía más ramplón, el que maneja el llamado “Bronco”. Al menos, en los estados del norte del país, donde quizás pudieran sentirse identificados con su lenguaje falsamente cercano al del “pueblo”. 


Sin embargo, esa apuesta sería francamente de muy pobres alcances y posibilidades. Ya algunos analistas políticos han ponderado que la candidatura de Rodríguez Calderón está tan deslegitimada, que probablemente ni siquiera se acercará a Margarita Zavala en niveles de votación. En cambio, a quien podría restarle votos al final sería al candidato del PRI. A fin de cuentas, el “Bronco” es otro ex priista disfrazado de “demócrata”.


Pero regresando al punto de inicio, la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene un alcance que podría ser letal para el proceso: abre la puerta de la nulidad de la elección presidencial.


Y esto por una razón muy simple: Jaime Rodríguez Calderón empezó su campaña diez días después que el resto de los candidatos presidenciales, lo que tras la jornada comicial, y una vez confirmada su previsible derrota, podría ser aducido por el candidato “independiente” como una violación a los principios de equidad y certeza en la elección, y con ese argumento solicitar la anulación.


No se trata de una mera especulación. Existe un antecedente en una resolución tomada por el propio Tribunal Electoral federal por una situación similar ocurrida en las elecciones municipales celebradas en el estado de Veracruz el año pasado.


El 16 de noviembre de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anuló la elección de presidente municipal en Emiliano Zapata porque, a su juicio, existió “una violación grave a los principios de equidad y certeza, así como al derecho de la ciudadanía del municipio en comento, de votar de manera libre e informada”, toda vez que el Tribunal Electoral de Veracruz revocó provisionalmente, por un lapso de seis días, la candidatura del aspirante de la coalición PAN-PRD, y con ello se imposibilitó que “dicho ciudadano realizara campaña electoral durante los seis días que duró la revocación de su registro”, y se propició asimismo la “imposibilidad de acceder a tiempos en radio y televisión como medios para la realización de propaganda electoral”, y la “imposibilidad para ejercer la totalidad del financiamiento destinado a la campaña electoral”.


Si en su sentencia de este martes, los magistrados electorales le regalaron la candidatura presidencial al “Bronco” porque según ellos en el Instituto Nacional Electoral se “violó” su garantía de audiencia al negársele el registro tras haber presentado más de un millón de firmas fraudulentas, ¿acaso no serían capaces de anular la elección porque el norteño estafador no tuvo el mismo tiempo para hacer campaña que los demás?


Email: aureliocontreras@gmail.com


Twitter: @yeyocontreras

 
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