Jeremías Bentham, autor del escrito Táctica de los Congresos Legislativos, en donde vació su experiencia ocurrida en el Parlamento Inglés de fines del siglo XVIII, y con el que diera vida a la idea de reglamentación de la vida interior de las asambleas políticas deliberantes - cuyos aportes están presentes en todos los reglamentos y leyes interiores de los parlamentos y congresos de las democracias occidentales- dijo en su obra que: “La palabra táctica tomada del griego, y que por su aplicación se ha hecho propia de un ramo del arte militar, significa en general, el arte de poner en orden. Puede servir pues, para designar el arte de conducir las operaciones de un cuerpo político igualmente que el arte de dirigir las evoluciones de un ejército. Orden supone objeto. La táctica pues de los Congresos políticos es la ciencia que enseña a conducirlos hacia el objeto de su institución, en fuerza del orden que debe observar en su marcha”, según la primera traducción al español que se hiciera de este texto, en el año de 1823, en la ciudad de Guadalajara, publicada en la “imprenta del ciudadano Urbano Sanromán”, a partir de la segunda edición “corregida y aumentada del francés”, elaborada por Dumont en 1816, que antecedió a la traducción castellana de Pedro Beaume, editada en Burdeos en 1829.
Bentham se pronunció, con detalle, sobre la publicidad de los trabajos del Parlamento y su división en dos asambleas; el orden del día; atribuciones y funciones del Presidente del Congreso; el proceso legislativo de presentación de iniciativas, lecturas de los proyectos de ley y ulterior promulgación de decretos; quórum, sesiones, debates y votaciones. Su aporte se puede apreciar en la circunstancia histórica de que, tanto en la reunión de los Congresos Provinciales franceses de 1787, como en la Asamblea Constituyente de dicha nación de 1789, se dificultaron sus trabajos por la ausencia de reglas internas de procedimiento, duplicación de funciones y precipitación en la toma de decisiones. Por cuanto a la Constituyente, su Asamblea determinó formar una Comisión, encabezada por Mirabeau, para establecer normas que regularan su actuación. El esquema de Bentham fue enviado a Mirabeau, quien lo sometió a dicha Comisión, pero hubo rechazo fundado más en cuestiones de honor que de razón, que se ilustran en la frase que Dumont atribuyó a Sieyès: “no queremos nada de los ingleses ni debemos imitar a nadie”, frase cuyo sentido fue tal vez exagerado por Dumont, ante la oposición manifestada al escrito de Bentham, pues finalmente la Asamblea francesa se dio a sí misma disposiciones internas a las que denominó Reglamento, semejantes a las propuestas por Bentham.
Sus ideas fueron adoptadas por las asambleas de Francia, Alemania, Grecia, España, Canadá, Australia, Estados Unidos y de América Latina. Su influencia se extendió, con el tiempo, a los parlamentos suizos, el francés de la restauración, los parlamentos alemanes de 1848, el belga e italiano y de muchos países del mundo. Hoy, a más de 200 años de su publicación, la normativa interior de gran número de asambleas guarda notable semejanza estructural y temática con el esquema y funciones propuestos por Bentham, reformista inglés, actor político en su país e impulsor original de la técnica de codificación normativa, después muy difundida. Buen dato para nuestras nuevas asambleas federales y estatales. ¿No? |