Con ella, la SHCP pretende frenar la evasión fiscal y lograr mejorar la retención de impuestos a plataformas digitales, arrendadores de casa habitación, outsourcing y vendedores de productos por catálogo.
Hasta ahí suena correcto el proyecto.
Asimismo, la propuesta incluye “actualizar” la tasa de impuesto a quienes tienen ahorros en los bancos e incluye la retención de impuestos a plataformas digitales de servicios como Spotify, YouTube, Uber, Sin Delantal, Rappi, a arrendadores de casa habitación, outsourcing, a vendedores de Avon, Mary Kay, Andrea, y al eliminar los Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces.
Al menos algunos líderes de Cámaras empresariales aseguran que la iniciativa es correcta, pues ataca a nichos de negocios en donde la ganancia es altísima, sumado al hecho de declarar impuestos en domicilios fiscales fuera de México.
La SHCP justifica en el PE 2020 busca “hacer más eficiente la recaudación del IVA en la importación de servicios intangibles, lo que será aplicable a la categoría de servicios de consumo final para las personas y hogares, algunos ejemplos de ellos son: la descarga o acceso a imágenes, películas, video, audio, música, juegos, noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas, por mencionar algunos”.
Ahora bien, basado en este escenario el gobierno del presidente López Obrador, pretende poner especial atención en 2020 a incrementar la recaudación de impuestos, ya sea vía el combate a la evasión fiscal, así como con el incremento de algunas tasas de retención de los impuestos existentes e incluyendo a que más actividades económicas paguen impuestos.
¿Pero qué implicaciones tendrán estas medidas en mi bolsillo?
El gobierno de la 4T busca que quien ahorre pague más por ahorrar.
De esta manera el PE 2020 propone que en el próximo ejercicio fiscal los ahorradores en el sistema financiero formal paguen más impuestos, ya que se incrementó la tasa de retención de intereses, que es un impuesto que se retiene de las ganancias por intereses que tienen los ahorradores en los bancos.
¡Bonito asunto!
Ahora para el siguiente año quienes pagaban la tasa de retención de intereses aplicable al capital bajo el 1.04 por ciento lo tendrán que hacer por 1.45 por ciento.
Seguramente esto propiciará que la gente deje de ahorrar en cierta medida, aun cuando no se sabe si la medida favorezca el consumo, o la sociedad prefiera enterrar su dinero o guardarlo bajo el colchón.
Otro de los cambios que presentó la SHCP tendrá que ver con la iniciativa de simplificar el pago de impuestos a las ventas por catálogo en donde se cree habrán de tributar casi 2.5 millones de personas.
Y aun cuando se diga que habrá facilidades administrativas para vendedores independientes, muchos optarán por dejar la venta por catálogo la que seguramente habrán de seguir grabando, motivando mayor informalidad.
Que plantea Hacienda, emplear “un esquema simplificado de retención”, que consiste en determinar el ISR a pagar sobre la diferencia entre el precio de venta sugerido y el precio de compra, este último directamente observado por la empresa que provee los productos al vendedor independiente.
El tercero de estos cambios sustantivos estará basado en el tema de la recaudación de ISR proveniente de ingresos por arrendamiento pues según cálculos de la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP), se identificó que la tasa de evasión estimada en el ejercicio 2016 de personas físicas que obtienen ingresos por arrendamiento es de 73.5 por ciento, equivalente a 0.1 por ciento del PIB.
Según la UDLAP abunda en el mercado las personas que obtienen ingresos por arrendamientos, mismos que no están acumulando estos ingresos para después ser recaudados, aunado a ello, no se emite el CFDI correspondiente.
De igual modo, la Universidad Poblana pretende “promover la emisión de comprobantes fiscales digitales”, y para ello se proponen establecer en la Ley del ISR que en las sentencias del orden civil en donde se condene al arrendatario al pago de rentas vencidas, la autoridad judicial requerirá al acreedor que compruebe haber expedido comprobantes fiscales digitales. En caso de que no se acredite la emisión de los comprobantes las autoridades judiciales deberán informar tal situación al Servicio de Administración Tributaria.
Ahora solo habremos de preguntarnos, ¿no acaso una promesa de campaña fue no aumentar impuestos?
Parece que el reto de la 4T por reelegirse o volver a votar por ellos estará condenado a esta preciosa reforma, el castigo en las urnas habrá de darnos la razón.
Al tiempo.
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