En la opinión de:.
Inocencio Martínez Cortés.
 

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Derecho a la identidad
2017-07-04

Todos los seres humanos tenemos derecho a un nombre para ejecutar los actos de nuestra vida, sin el nombre para el estado no existimos y no podemos identificarnos para hacer valer un derecho.


Las personas nacidas de un matrimonio legal llevan el nombre propio, seguido del primer apellido del padre y del primer apellido de la madre y si es nacido fuera del matrimonio en los mismos términos en que lo reconozcan los padres, salvo que uno de los padres sea el que lo reconozca, llevara los dos apellidos de quien lo haya reconocido.


Podemos cambiar nuestro nombre cuando nos hayan registrado con dos o más nombres y solo utilicemos uno o seamos reconocidos públicamente con otro nombre distinto al que legalmente nos hayan registrado o en su caso seamos reconocidos por persona distinta a quien nos engendró.


También existe la posibilidad de rectificar nuestro nombre o los apellidos, debido a que por error gramatical u ortográfico, quien haya elaborado nuestra acta de nacimiento lo haya provocado.


Debemos considerar que en su momento los encargados de realizar los actos registrales, no tenían preparación académica, eran iletrados y muy limitados en cuanto a saber con precisión la forma correcta de escribir las palabras, en principio eran los presidentes municipales quienes jugaban el papel de jueces del registro civil y si no sabían leer y escribir ellos se apoyaban de alguien que más o menos le entendiera a eso de las letras como se decía antes.


Es por ello que nuestros nombres y apellidos los escribieron como se escuchaban o como consideraban era correcto y ahora que somos adultos nos encontramos con tales irregularidades que nos impiden realizar trámites legales, obligándonos a  buscar solución vía judicial o administrativo lo cual nos genera un gasto económico y de tiempo a veces innecesario.


La dirección general del registro civil veracruzano, tiene una enorme carga de trabajo para enderezar el contenido de la documentación de los ciudadanos que se encuentran con problemas propios de su identidad personal, los tramites son gratuitos, cualquier usuario puede acudir ante la oficialía de su localidad o ante la dirección estatal para solicitar el apoyo tratándose de rectificaciones, en caso de que sea cambio de nombre, tendrá que acudir ante el poder judicial quienes son competentes para resolver ese tipo de controversias.


Así que si no tienes un nombre legalmente reconocido, para el estado no existes, acude a las oficialías de tu municipalidad o la dirección general y ahí podrás obtener tu identidad personal o si existe error en tu acta de nacimiento haz lo propio para enderezar la irregularidad que te impide o puede impedir realizar un trámite en todos los actos de tu vida.


 


adidas.johan62@gmail.com Lic. Inocencio Martínez Cortes


 

 
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