Pues debe contar con esa información para el caso que su avalado presente algún imponderable que le impida pagar, dado que en términos del artículo 114 de la legislación antes mencionada, “el avalista queda obligado solidariamente con aquél cuya firma ha garantizado…”
Así que pida copia completa y legible del contrato así como de todos y cada uno de los documentos en donde estampó su firma, y no se limite, ni conforme, con apuntar en su libreta lo que crea entender si fuera el caso que en lugar de copias le den una explicación verbal.
Involúcrese con el pago del préstamo, pregunte a su avalado si está al corriente y pida que le muestre los comprobantes de pago periódicos y el estado de cuenta, también pida que le informe cuando se concluya el crédito. Y si el crédito ya fue liquidado, pida que le devuelvan el pagaré que firmó o entrega de carta finiquito y/o estado de cuenta en ceros por parte de la Institución que los acreditó.
Si todavía no acepta ser aval, sepa entonces que para serlo aparte de observar lo anterior, debe tener solvencia económica, ahorros suficientes, ingresos estables y “cero” deudas, y de preferencia no ser copropietario del bien con el que piensan responder… porque al serlo comprometerá un bien que no le corresponde en su totalidad.
¡Pregunte, es mejor tener dudas, que deudas!
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