Debo no niego; pago lo justo.
Teresa Carbajal.
 

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Cuentas chinas. II Parte
2018-08-21

Dicen, que la abogada que los visitó les dijo que su especialidad es “quedarse con las casas” de los que no pagan. Ahora reflexionan sobre el error cometido al no haber solicitado recibos de pago.


Sucede que Evencia y Juan en parte perdieron la noción de cuantos pagarés firmaron a la prestamista, pues cada que tenían necesidad de obtener dinero rápido para solventar los tratamientos de la enfermedad de su hijo acudían a ella.


Y en algunos otros eventos -como lo fue el funeral de su hijo- sin necesidad de pedirlo, la prestamista se presentaba al lugar ofreciéndoles su “ayuda”.


Fue en tales circunstancias de dolor, desesperación, y necesidad que se excedieron en confianza al no cerciorarse de lo que firmaron y al no exigir un recibo por cada pago abonado a la deuda.


En efecto, en este espacio he comentado el valor legal de un pagaré, esa hojita verde o azul de papelería que muchas veces despreciamos creyendo que carece de validez legal y que por tanto nunca podría causarnos algún problema.


O bien, que es ‘difícil’ que con él pueda generarse el derecho de un embargo, desafortunadamente la realidad es todo lo contrario. Ese sencillo documento, siempre y cuando cuente con los requisitos legales que marca la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, tiene todo el carácter y valor legal de un título de crédito.


Cuya naturaleza ejecutiva da lugar a juicios mercantiles, procesos de donde derivan los embargos, por este motivo debe tenerse mucho cuidado en firmarlos; debiendo observarse requisitos mínimos para nuestra tranquilidad como no dejar ningún espacio en blanco sobre todo en el apartado de capital o intereses.


En ese sentido la norma legal que los rige, señala que cuando se haga algún abono a ellos ya sea capital o intereses debe anotarse dicho abono en el reverso del pagaré y debe darse también recibo por separado por el monto que se abona.


Así, es una costumbre frecuente (y errada) que se omita pedir y dar recibo por los pagos parciales o abonos, omisión que es aprovechada hábilmente por algunos agiotistas que ven en ello una oportunidad de ‘doble cobro’.


Como pretenden hacerlo con Evencia y Juan los protagonistas de esta historia, cuya principal preocupación es que ahora que conocen los planes de la persona que les prestó dinero, (quedarse con su casa como pago de la deuda) reflexionan que nunca les dio recibo y ellos se conformaron por la “confianza” y porque vieron que les anotaba en una libreta.


Si Usted se encuentra en un caso como este, está a tiempo de pedir (exigir) recibo antes de seguir abonando y por supuesto reclamar la entrega del documento firmado una vez concluido el compromiso, para llevar un control y poder demostrar en su momento lo pagado y que no le salgan con “cuentas chinas”.


¡Pregunte 2281148502, es mejor tener dudas que deudas!

 
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