Voz en Libertad.
Francisco Guisa Hernández.
 

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Sin Plan “B”, no puede haber Plan “C”
2023-03-28

Luego de la suspensión definitiva, que para detener los  posibles efectos nocivos de las Reformas de Ley, presentadas por AMLO al Congreso, conocidas como Plan ”B”, obsequió el Ministro Lainez, la que seguramente, en unos cuantos meses derivará en una sentencia contraria a las pretensiones del régimen, el Presidente, en el más iracundo, vehemente, lleno de odio, irracional e infame discurso en la mañanera dijo: “No crean que todo está terminado” pues hay un Plan “C”, que es convocar al “pueblo” a que no de un solo voto a lo conservadores; convocatoria que realizada por el partido MORENA y sus candidatos durante las campañas electorales, es decir entre los meses de  marzo, abril y mayo del siguiente año, es muy válido, respetable y legítimo, pero  hecho un año antes, desde el púlpito presidencial y utilizando todos los recursos del Estado Mexicano para realizar ese llamado, constituyen una flagrante violación a la Constitución y las Leyes que de ella emanan, como es el caso de todo el marco normativo electoral vigente y precisamente protegido con la suspensión otorgada por el Ministro Lainez.


Veamos, si el Plan “B” aparentemente le daba al Presidente y a sus funcionarios la libertad de opinar, arengar, hacer proselitismo y a intervenir en los procesos políticos del país, argumentando su derecho a la libertad de expresión; lo cierto es que esa posibilidad quedó eliminada desde el momento en que en el Congreso se desechó el Plan “A”, pues, de entrada, no se tocó el contenido del 134 Constitucional que se los prohíbe en cualquier momento del año electoral, del año previo a este y mucho menos que se realice con recursos públicos; de tal forma que si bien, el famoso Plan “B” contemplaba esa posibilidad en la Ley de Comunicación social, aduciendo el derecho a la Libertad de Expresión, como refería yo antes, lo cierto es que con la suspensión de marras, el Presidente, la Jefa de Gobierno y sus gabinetes quedaron impedidos a realizarlo pues la Ley anterior y sobre todo el 134 de la Constitución, están en plena vigencia.


Es por ello que mi argumento de que Sin Plan “B”, no puede haber Plan “C”, estoy seguro que cobrará relevancia a la hora de calificar el proceso electoral 2024 y al encontrar estas acciones de origen como antijurídicas, el TRIFE tendrá la obligación de valorarlas y establecer mediante una interpretación abstracta del derecho, valorando una a una todas estas irregularidades, que estas influyeron en la decisión de los electores de votar o de abstenerse, dando paso a un ilegal e ilegítimo ( de darse el caso),  “triunfo“ del partido del Presidente; esto si antes no determina el INE, tal como se espera que lo haga, negar el registro a los candidatos de MORENA, por violar flagrantemente la Ley, realizando, como lo han venido haciendo desde hace muchos meses, los respectivos ”Actos anticipados de Campaña” que los  colocan al margen de la Ley.


En conclusión, el Plan “C” que AMLO define como: llamar a no votar por esa abstracción que él llama conservadores, neoliberales, vendepatrias y enemigos de esa otra abstracción a la que él llama “El Pueblo”, representa una ilegalidad que eventualmente tendrá que ser sancionada y de  ahí deriva su desesperación por hacerse con el control del INE y del TRIFE, toda vez que, gracias a la patriota y digna actitud de los Ministros, ha fracasado su intento de hacerlo con la SCJN.      

 
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