Voz en Libertad.
Francisco Guisa Hernández.
 

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“Ultrajes”
2022-03-03

Un llamado a los asesores jurídicos de Cuitláhuac: antes de presentarle una iniciativa al Gobernador y provocar que se vea como un ignorante autoritario, iniciando una polémica innecesaria no solo entre conocedores del Derecho, sino entre toda la ciudadanía, deberían analizar qué nos dice la Constitución y las Leyes vigentes acerca de la figura jurídica que pretendan implementar y cómo podrían ser aplicables a las conductas específicas que pretendemos castigar.


Veamos, que el Gobernador se exhiba como ignorante en materia de Derecho no es grave ni criticable porque no estudió Derecho sino Ingeniería, pero hacerlo ver como  autoritario y soberbio ante la prensa, hablando de lo que desconoce, sí tiene consecuencias en su imagen e investidura, las  que se deben cuidar de cara a los ciudadanos.,Aunque en principio estemos de acuerdo en que nuestra democracia permite a cualquier ciudadano la posibilidad de llegar a ser Gobernador si así lo decide la mayoría de los electores, aun cuando el elegido no cuente con estudios, pues el requisito para votar y ser votado es simplemente el de saber leer y escribir, entendamos que no es exigible que un Gobernador sea un “todólogo” que sepa de todos los temas y los desarrolle y exponga con maestría en todos los casos, si es indispensable que quien propone una iniciativa en materia jurídica debe, al menos, ser un conocedor del derecho y analizar las implicaciones de sus propuestas y esto aplica y va para los asesores jurídicos del Gobernador.


Al respecto es de analizar si era estrictamente necesario tipificar un nuevo delito en nuestro código penal para “castigar” los “ultrajes a la autoridad” ya que en la normativa vigente existen diversos tipos de delito aplicables a todos por igual para proteger la vida y la integridad no solo de policías y autoridades sino de todos los ciudadanos, tal es el caso de los delitos de Homicidio en los que, cuando la conducta es agravada, pueden dictaminarse como magnicidios, parricidios, feminicidios, etc.; así como las Lesiones agravadas cuyas cicatrices el código ya establece penalidades cada vez mayores dependiendo del tiempo que tarden en sanar las heridas o los efectos y secuelas que estas dejen, ya sea temporales o permanentes, lo que también influye en la penalidad, de tal forma que no es la Ley en sí, sino su aplicación y la impunidad que se genera cuando esta no se aplica a cada caso concreto lo que debe analizarse y actuar en consecuencia, habida cuenta de que las Leyes son de carácter general y protegen a todos por igual, ya sea que se trate de policías, agentes del orden, servidores públicos o cualquier ciudadano por el simple hecho de existir, sin importar si es veracruzano o no, o si es nacional o extranjero. En mi opinión no hacen falta nuevos delitos sino aplicar los ya existentes, agravando, si acaso, la penalidad cuando estos sean cometidos en contra de cualquier autoridad.


De igual forma son de analizar los alcances en materia penal pues por definición los delitos del orden penal se castigan con penas de cárcel y no simplemente con multas o amonestaciones, asi que no deben aplicarse ligeramente a las injurias, calumnias y amenazas (ya derogadas por cierto), que no tengan efectos físicos sobre las “víctimas”, y mucho menos a las emitidas por periodistas, youtubers o analistas que lo hagan en el ejercicio del inalienable derecho a las libertades de expresión, opinión y de prensa, para los que ya existen sanciones cuando los comentarios y expresiones incitan a la rebelión, a la desobediencia civil, a la violencia, al motín y al Golpe de Estado, todo lo que AMLO hace diariamente en sus Conferencias, cuya intención es muy delicado juzgar a la ligera y concluir  si buscan desestabilizar al régimen o a la nación o si solo constituyen inocentes análisis periodísticos.    


 

 
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